La importancia del juicio oral

Cultura Jurídica

En cualquier etapa, las partes pueden de manera oral llegar a un convenio que les permita solucionar el conflicto que tienen

Carlos Raúl Sánchez Ortiz

Parte de la Cultura Jurídica es explicar los cambios que se dan a través de las reformas que de alguna manera causan inquietud, y una de ellas es el juicio oral, que en los medios de comunicación tanto se cita y por ello, explicaré algunos puntos medulares de esta nueva forma de llevar los juicios.

Antes de los juicios orales, como son los procedimientos, éstos se llevaban totalmente por escrito, donde el juez emite resoluciones en base a lo que está impreso en las hojas del expediente, lo que hace que este juicio, por esta propia circunstancia, sea muy lento y costoso para las partes, ya que entre un escrito y otro escrito tiene que haber una respuesta del juez a cada escrito, lo que se llama acuerdo, y así se integra un expediente, un escrito y un acuerdo, y conforme a la naturaleza del asunto, hay expedientes que se integran en tomos y se forman por muchísimas hojas, pero sobre todo de trabajo, esto es, cada expediente lleva un número determinado de horas de trabajo que realizan diversas personas, desde la oficialía de partes hasta el notificador que hace público a través de la lista que publica y notifica el referido acuerdo, esto ha sido un perjuicio sobre todo para la sociedad por soportar este sistema, que lo convirtió en lento y en algunos momentos para los interesados desesperado.

Ante dicho problema que el sistema enfrenta, surge la necesidad de encontrarle una mejor solución, pero es preciso aclarar que las figuras jurídicas que se desarrollan dentro de un juicio existentes, seguirán existiendo, lo que va a cambiar es la forma en cómo se desarrolla, estos es, el procedimiento oral se dividirá generalmente en dos partes, la escrita y la oral, en la primera etapa, el interesado presenta por escrito su escrito inicial, se acuerda y se ordena la notificación a la persona señalada como contraria, lo que realiza el notificador, y una vez entregados todos los documentos, este deberá producir su contestación dentro del término que se le señale, generalmente de ocho días, es preciso aclarar que el escrito inicial, como el escrito que contesta, deberá ser acompañado de todas las pruebas y argumentos necesarios, ya que no habrá otro momento para ello, y aquí es donde termina esta primera parte del juicio.

Luego la segunda parte será aquella que se desarrollará en la audiencia pública, donde van a estar presente las partes y el personal de juzgado, pero hay un auditorio donde la gente puede estar sentada presenciando todo lo que ahí se ventila, en esta parte debe estar obligatoriamente presente el juez, quien analiza en su conjunto la audiencia, ya que escucha de viva voz de los que ahí intervienen  de lo que está sucediendo, así su criterio obtiene mayor criterio para sentenciar.

Otra característica de esta etapa, es que todo tiene que estar listo, esto es, las pruebas de todos para su desahogo, esta concentración le dará mucha rapidez al juicio, ya que no existirá escrito por acordar, sino que todo las partes se tienen que preocupar porque esté listo, así nunca se podrá suspender la audiencia. Cada etapa debe de continuar, ya que en la misma audiencia se cierra la etapa que corresponda y se pasa a la siguiente, en el mismo acto, luego las partes podrán hacer el uso de la voz, para contradecir a la parte contraria u objetar sus pruebas o formular preguntas a los testigos de la parte contraria y expresar alegatos, toda esta etapa de oral se debe desahogar en el mismo día, ya que la audiencia no puede ser suspendida, una vez abierta se debe de terminar, ¿se imaginan cuánto tiempo se han ahorrado?, terminado el último periodo el Juez los citará para que escuchen la sentencia que en viva voz les explicará, así el juicio se concluye, y este procedimiento una vez que entre en vigor en todos los juicios, la sociedad obtendrá muchísimos beneficios.

No quiero pasar por alto que en cualquier etapa, las partes pueden de manera oral llegar a un convenio que les permita solucionar el conflicto que tienen, y por otro lado, vamos a tener presente el principio de presunción de inocencia, ya que nadie es culpable hasta que la sentencia del juez así lo determine.

La cultura jurídica, debe ser mucha utilidad para ayudar a comprender y explicar los nuevos cambios. Como siempre a sus órdenes para sus comentarios caxim@hotmail.com.